Foro Penal sobre la Ley de Amnistía al 6/2/2026
Foro Penal sobre la Ley de Amnistía al 6/2/2026
Esta es una aproximación inicial. Mucho más debe ser analizado y discutido.
Esta es una aproximación inicial. Mucho más debe ser analizado y discutido.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
#6Feb Conocido por fin el texto de la Ley de Amnistía propuesto ante la AN, corresponde analizarlo con calma. De entrada, algunos aspectos sobre los que hay que llamar la atención son los siguientes:
(Abro hilo)
#6Feb Conocido por fin el texto de la Ley de Amnistía propuesto ante la AN, corresponde analizarlo con calma. De entrada, algunos aspectos sobre los que hay que llamar la atención son los siguientes:
(Abro hilo)
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
1) Calificar de entrada la amnistía como un “acto de clemencia” la desnaturaliza. Las amnistías no son eso, no sitúan a nadie en la posición de “perdonar”. Implican una renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado que abarca casos ya finalizados y los que estén en curso.
1) Calificar de entrada la amnistía como un “acto de clemencia” la desnaturaliza. Las amnistías no son eso, no sitúan a nadie en la posición de “perdonar”. Implican una renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado que abarca casos ya finalizados y los que estén en curso.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
2) La persecución política ha tenido muchas caras. No puede limitarse estrictamente a los casos o investigaciones penales. Existen y han existido persecuciones laborales, administrativas, disciplinarias, civiles, que también deben ser anuladas.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
3) La imposición o reconocimiento de la interpretación favorable de la ley a los potenciales destinatarios de la amnistía es bienvenida, pero debe acompañarse del mandato de celeridad (estableciendo los plazos correspondientes) y de la afirmación de la libertad como regla.
3) La imposición o reconocimiento de la interpretación favorable de la ley a los potenciales destinatarios de la amnistía es bienvenida, pero debe acompañarse del mandato de celeridad (estableciendo los plazos correspondientes) y de la afirmación de la libertad como regla.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
4) La persecución ha sido continua. No cabe limitarla los a fechas “preseleccionadas” de ocurrencia (Art. 6 del texto propuesto) pues de esta manera quedan por fuera muchas situaciones que califican claramente para la amnistía pero que no tuvieron lugar en los momentos “elegidos”
4) La persecución ha sido continua. No cabe limitarla los a fechas “preseleccionadas” de ocurrencia (Art. 6 del texto propuesto) pues de esta manera quedan por fuera muchas situaciones que califican claramente para la amnistía pero que no tuvieron lugar en los momentos “elegidos”
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
5) La adjetivación de algunos de los eventos es innecesaria y no cumple más función que la de generar polémica. A los hechos políticos del 2002 y 2003 no hace falta llamarlos “sabotaje empresarial y petrolero”. Muchos venezolanos no los ven así.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
6) La exclusión de determinados delitos en específico, en general de delitos comunes o contra el patrimonio público, desconoce que el sistema judicial muchas veces se sirvió de estas calificaciones infundadas para “justificar” actos que no tenían sentido jurídico, sino político.
6) La exclusión de determinados delitos en específico, en general de delitos comunes o contra el patrimonio público, desconoce que el sistema judicial muchas veces se sirvió de estas calificaciones infundadas para “justificar” actos que no tenían sentido jurídico, sino político.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
7) En estos casos, mejor sería eliminar la exclusión expresa de estos tipos penales o abrir la puerta a la consideración de que en algunos casos la imputación de ciertos delitos no se basó en la verdad ni en criterios jurídicos válidos, sino en valoraciones netamente políticas.
7) En estos casos, mejor sería eliminar la exclusión expresa de estos tipos penales o abrir la puerta a la consideración de que en algunos casos la imputación de ciertos delitos no se basó en la verdad ni en criterios jurídicos válidos, sino en valoraciones netamente políticas.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
8) Por ejemplo, la Jueza María Lourdes Afiuni fue condenada arbitrariamente por “Corrupción”, en un juicio que fue claramente político ¿Queda excluida de la amnistía?
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
9) Las amnistías son para y de las víctimas. Cualquiera que de acuerdo a la ley pueda ser tenida como tal (Art. 121 del COPP) debe tener derecho a hacer su solicitud, esté o no en el país, por sí mismo o a través de sus representantes, sin que esto esté sujeto a restricciones.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
10) En ningún caso se debe siquiera sugerir que la solicitud de amnistía implica el reconocimiento, admisión o aceptación de que se ha cometido un delito o cualquier ilícito. Si alguien se ha visto forzado a “admitir los hechos” con anterioridad eso no tiene ninguna relevancia.
10) En ningún caso se debe siquiera sugerir que la solicitud de amnistía implica el reconocimiento, admisión o aceptación de que se ha cometido un delito o cualquier ilícito. Si alguien se ha visto forzado a “admitir los hechos” con anterioridad eso no tiene ninguna relevancia.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
https://twitter.com/HimiobSantome/status/2019905902430622182?s=20
12) Para respetar la garantía de la “no repetición” la amnistía debe derogar varias leyes que han sido utilizadas de manera continua como herramientas de persecución, y revisar cualquier norma penal que deba adecuarse a los estándares internacionales de respeto a los DDHH.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
La exposición de motivos del proyecto de Ley de Amnistía que está circulando (que tiene 29 artículos) es diferente de la que se presentó ayer en la AN. Aunque en este país todo es posible, la única conclusión lógica es que lo que está circulando en RRSS no es lo que será debatido.
https://twitter.com/HimiobSantome/status/2019784929161130370?s=20
La amnistía debe ser eso: Una amnistía. Un acto dirigido a las víctimas de persecución o prisión política. No debe ser una de ley de “punto final” que iguale a las víctimas con los victimarios ni una ley de “obediencia debida” que “justifique” la impunidad de violadores de DDHH.
La amnistía debe ser eso: Una amnistía. Un acto dirigido a las víctimas de persecución o prisión política. No debe ser una de ley de “punto final” que iguale a las víctimas con los victimarios ni una ley de “obediencia debida” que “justifique” la impunidad de violadores de DDHH.
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) February 6, 2026
No es necesaria una amnistía para liberar a todos los presos políticos. La liberación de los presos políticos debe continuar.
La amnistía debe ser una garantía de libertad plena hacia el futuro, no una condición para liberar a quienes hoy están detenidos arbitrariamente.
No es necesaria una amnistía para liberar a todos los presos políticos.
La liberación de los presos políticos debe continuar.La amnistía debe ser una garantía de libertad plena hacia el futuro, no una condición para liberar a quienes hoy están detenidos arbitrariamente.
— Alfredo Romero (@alfredoromero) February 6, 2026