Amnistía beneficiará a presos y perseguidos políticos de 20 casos judiciales

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Al mediodía del jueves pasado, el director ejecutivo de la ONG Foro Penal Venezolano, Alfredo Romero, se alistaba para reunirse con el grupo de abogados que desde hace más de dos meses ha trabajado en el proyecto de Amnistía que se convirtió en una de las banderas de la oposición durante la campaña para las elecciones legislativas del pasado 6 de diciembre. En la cita, los expertos darían los últimos toques a la propuesta definitiva que el viernes fue presentada ante la comisión de diputados designada para el tema y que el martes próximo espera ser entregada y expuesta en la Asamblea Nacional.

Durante noviembre y diciembre, la idea inicial devino en tres versiones distintas, todo para lograr la liberación de presos y perseguidos políticos que han sido víctimas de señalamientos e imputaciones durante los últimos 15 años.

Dentro del proyecto se esgrime que quienes pueden ser beneficiados por esta medida deben estar presos o ser perseguidos por motivos estrictamente políticos, por tener opiniones o posiciones disidentes, criticar al gobierno, ser utilizados como objetivos de una sanción ejemplarizante para un grupo que cuestione pacíficamente el control del Ejecutivo o para justificar el fracaso de una política pública.

 

¿El proyecto de Amnistía será una ley o un decreto?

 

Hay dos criterios jurídicos razonados y razonables que son: que la Amnistía debe hacerse a través de un decreto legislativo y el otro que considera que debe ser una ley. Nosotros vamos a presentar ambos y será la Asamblea la que decidirá si va a ser decreto o va a ser ley. Ambos son distintos de forma y fondo. Por un lado, el decreto no contiene normativas o procedimientos, ni contempla la conformación de comités, mientras que la ley sí. Por otro está la rapidez del decreto, que no requiere la promulgación del Presidente de la República ni requiere un procedimiento de discusiones que se plantean en la Asamblea Nacional y que toman mayor tiempo. Son dos conceptos distintos.

 

¿Cuál sería la forma más recomendable?

 

Desde el Foro Penal hemos recomendado un decreto. Sin embargo, lo que puede ser interesante de la ley es que si se discute en la AN se conocerá ampliamente ante el público. Pero no soy quien debe hablar de lo recomendable, a menos que sea jurídicamente. Esa es una decisión política que debe tomar la Asamblea Nacional. El decreto es una forma directa y constitucional que puede utilizarse, pero el que se introduzca un decreto primero no implica que pueda hacerse una ley después.

 

¿A quiénes incluye este proyecto de Amnistía?

 

Para tú encontrarte beneficiado, debes llenar dos requisitos básicos. El primero es que tienes que ser preso o perseguido político, de conformidad con lo que esta ley define. El segundo es que, la Amnistía no lista ni refiere a personas específicas, sino que tiene “supuestos” y quienes se encuentren dentro de estos serán los beneficiarios, siempre que no hayan cometido violaciones graves a los derechos humanos, específicamente casos de tortura, y no hayan incurrido, a su vez, en acciones de persecución política.

Es una absoluta mentira que la ley va a otorgar impunidad a criminales y violadores de los derechos humanos, como lo dijo Diosdado Cabello. Esto hay que hacerlo notar porque no entran dentro de la ley, en modo alguno, por ejemplo, quienes asesinaron a Geraldine Moreno, o el policía que asesinó a Kluiverth Roa, o el asesino de Adriana Urquiola, Jhonny Bolívar, que se encuentra preso; ni tampoco personas que hayan entrado en procesos de corrupción o robo. En la Amnistía se delinea claramente que la detención debe haber sido por motivos políticos, de conformidad con una serie de elementos, y que entra dentro de los supuestos establecidos.

Además, este proyecto implica dejar sin efecto algún acto o sanción en contra de personas naturales o jurídicas, porque pueden ser empresas que hayan sido sometidas a procedimientos administrativos. No sólo incluye procesos penales, sino también los sancionatorios-administrativos, como las sanciones políticas o como los casos de los extrabajadores de Pdvsa. La ley incluye todos los casos de persecución política durante los últimos 15 años.

 

¿Cuáles son esos casos?

 

Son 20 supuestos. Están, por ejemplo, los casos de los detenidos del 11 de abril de 2002, el de los manifestaciones de 2014, el de los manifestantes contra la Ley de Educación en el año 2009, en donde entran Julio Rivas y Oscar Pérez, que están exilados. Están los casos de las personas detenidas en los campamentos el 8 de mayo de 2014, casos relacionados con el asesinato de Danilo Anderson, con las manifestaciones de 2007 por RCTV, la toma de la Alcaldía Metropolitana en 2009, los implicados en la Operación Jericó, los tuiteros apresados en 2014.

 

¿Qué acción del gobierno o del Poder Judicial podría frenar que la Amnistía se haga vigente?

 

Que el gobierno siga utilizando el sistema de justicia con un propósito político, evidentemente, lo puede hacer. Pero allí ha habido una transformación importante que no le hará sencillo al gobierno el seguir controlando jueces o personas que han venido siendo, algunos de ellos funcionarios judiciales, víctimas de la represión. Eso no quiere decir que tú como juez, por ser víctima de la represión, no seas responsable, pero en vista de que se han visto liberadas algunas cadenas, por decirlo de alguna forma, creo que va a haber muchas sorpresas en las diferentes instancias judiciales, desde el tribunal supremo a los jueces superiores penales, como entre los jueces de primera instancia. Ya se está viendo que los diferentes jueces se están liberando de la represión, porque ya se está sintiendo que el gobierno no tiene la fuerza que el mismo gobierno pretendía hacer pensar que tenía.

 

¿Cómo es el proceso para que una persona pueda solicitar ser beneficiado por la Amnistía, una vez que esta se haga vigente?

 

Dentro de la propia ley se establece este procedimiento. Primero viene la ley y luego la individualización del caso, que es a través de una solicitud ante el tribunal, anexando la ley, y relacionando a la persona con el supuesto. Así se obtendrá el beneficio.

 

Participantes y aclaratorias

 

Abogados como Román Duque Corredor, Alberto Arteaga Sánchez, José Luis Tamayo, además de los miembros del Foro Penal, directores de organizaciones de Derechos Humanos y universidades, participaron en la redacción del documento que también fue presentado a consulta pública por medio de la página web de la ONG.

Aclara Alfredo Romero que el documento no tiene nada que ver con la Ley de Amnistía promulgada por el expresidente Hugo Chávez en 2008. “Hemos trabajado en cinco proyectos de esta naturaleza y este es el más detallado, con más definiciones. No hemos sido para nada tímidos en ser lo más detallistas”, sentencia el abogado.

Fustiga también los señalamientos del expresidente del Parlamento, Diosdado Cabello, quien aseguró que el proyecto pretendía “autoperdonar” hechos de corrupción cometidos por la oposición, e incluir en la liberación hasta a “El Picure”. “Según esta ley, los victimarios tienen derecho a estar libres y las víctimas y sus familiares a estar callados. Su Ley de Amnistía se convierte en un Golpe de Estado. Yo no sé quién la va a aceptar”, afirmó Cabello en declaraciones recientes.

 

@loremelendez

Fuente: Runrunes